Mercedes, Thursday 14 de December de 2017

El Tribunal Oral Penal de Mercedes en el marco de la causa caratulada "C. H. D. P/ ROBO AGRAVADO POR EL EMPLEO DE ARMA - MERCEDES", impuso a la defensa técnica del imputado -detenido en la causa- una multa por reiteradas tardanzas injustificadas.

Integrado por los doctores Jorge Alberto Troncoso, como presidente, y Raúl Adolfo Silvero y Juan Manuel I. Muschietti como vocales, el Tribunal Oral Penal aplicó a la defensa técnica del imputado una multa por reiteradas tardanzas injustificadas.

Ante la primera situación, el TOP advirtió al letrado respecto de los inconvenientes que traía aparejada su actitud y la posible consecuencia. Sin perjuicio de ello, el profesional incurrió nuevamente en la falta llegando nuevamente tarde a la audiencia fijada para los alegatos.

Esto motivo que el Tribunal, al dictar la Sentencia N° 75/17 aplicara una multa de $ 2.000. Consideró en ese sentido que la “desaprensiva, recurrente e injustificada” actitud del profesional del derecho, además de ser rayana con el abandono de defensa, alteraba el normal funcionamiento del Tribunal que con esmerada logística establecía la grilla de audiencias, implicando ello una actitud de falta de respeto hacia la magistratura y los demás abogados e imputados que veían modificadas sus audiencias por este motivo.

El Tribunal entendió que la aceptación del cargo del ministerio de la defensa técnica penal (art. 107 del CPP) conllevaba ínsita la obligación de presentarse a las audiencias en tiempo y forma, circunstancia que -sumada a la dilatada vida profesional del letrado en cuestión que tornaba menos excusable tales actitudes- constituía motivo más que suficiente para aplicar el artículo 115 del CPP y establecer una multa en detrimento del profesional.