Mercedes, Wednesday 10 de July de 2019

Este miércoles, tras una larga jornada que comenzó con el alegato de los abogados defensores en horas de la siesta pasaron a cuarto intermedio y finalmente pasadas las 18 hs a través de la Sentencia Nº 48 /19 se conoció la sentencia.

Allí por unanimidad el Tribunal Oral Penal, integrado por los doctores Jorge Alberto Troncoso, como Presidente del Debate y los Dres. Raúl Adolfo Silvero y Martin José Vega (subrogante legal) como vocales resolvieron no hacer lugar a los planteos de nulidades de inconstitucionalidades planteadas por el Defensor del imputado Andrés Genes el Dr. Pedro Karam y no hacer lugar a las nulidades de inconstitucionalidad planteadas por los defensores de los imputados José Alfredo Alegre, Feliz Rosales y Aníbal Ramón Zygalzki, cuya defensa común estuvo a cargo de los doctores Andrés Gauna y Marcos Harispe. Tampoco hicieron lugar a la solicitud de envío de testimonio a la Fiscalía de Instrucción por la posible comisión del delito de falso testimonio del testigo Oscar Cabral peticionado por el defensor del imputado Genes”.

Declararon al procesado Raúl Alejandro Ibarra como responsable del delito de robo en despoblado y en banda en calidad de participe secundario y fue condenado a la pena de 7 años de prisión que cumplirá en la alcaidía de Resistencia Chaco.

En tanto que declararon al procesado Andrés Genes como responsable del delito de robo en despoblado y en banda en calidad de partícipe necesario, siendo condenado a la pena de 10 años de prisión que cumplirá en la cárcel penitenciaria de la ciudad de Corrientes.

En tanto que el procesado José Alegre fue declarado como autor responsable del delito de homicidio con ensañamiento  en concurso real con Homicidio en ocasión de robo por lo que fue condenado a prisión perpetúa que cumplirá en la cárcel penitenciaria de la ciudad de Corrientes.

En tanto que el procesado Aníbal Ramón Zygalzki, fue declarado autor responsable del delito de homicidio con ensañamiento  en concurso real con Homicidio en ocasión de robo, siendo condenado a prisión perpetua que cumplirá en la cárcel de Corrientes.

Además el Tribunal Oral declaró al Procesado Félix Amadeo Rosales autor responsable del delito de homicidio con ensañamiento  en concurso real con Homicidio en ocasión de robo y portación ilegitima de arma de fuego agravada por registrar antecedentes penales por delito doloso contra las personas, por lo que fue condenado a prisión perpetua que deberá cumplir en la cárcel de Corrientes.

También determinaron que la Ford Transit que era utilizada por Sartori sea entregada y ordenaron decomisar un Honda Civic, una Eco Sport y un Chevrolet Prisma con su documentación pertinente.

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