Nacional, Friday 30 de April de 2021

El pueblo de Victorica se movilizó contra la Justicia por un escandaloso fallo de la jueza María José Gianinetto otorgando libertad condicional a un abusador "por tener buen concepto social". Indignación.

El caso estaba considerado como abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por un ascendiente de manera continuada, el condenado Julio César Pagella, un abogado de 65 años, abusó de su nieto pero estos agravantes no fueron considerados por la jueza de General Pico, María José Gianinetto, quien en su fallo consideró que posee un “buen concepto social” por su profesión de abogado y docente.

Pagella fue condenado como autor del delito a 3 años de prisión de ejecución condicional bajo diferentes argumentos atenuantes por parte de la jueza en un fallo judicial que benefició a un abusador lo que generó enorme indignación en La Pampa.

Según el expediente, Pagella confesó el delito y fue beneficiado por la Justicia con la posibilidad de cumplir tres años de prisión condicional, contra los cinco de prisión efectiva que había pedido la fiscalía.

La decisión generó indignación en el pueblo y estallaron las redes sociales que hicieron circular la noticia junto con la foto del abusador y de la jueza que le concedió los beneficios con estos argumentos al borde de lo insólito.

"Los testigos aportados por la defensa han manifestado que es una persona de buen concepto social, involucrado incluso con causas de significación en la sociedad de Victorica, como lo fue colaborar en la creación de la Cámara de Comercio y en la Asociación de Pueblos Originarios, tendiente al reconocimiento y visibilización de sus derechos", detalló la magistrada en su fallo , detalló el medio local Info Huella y Mauro Szeta.

El Ministerio Público Fiscal, representado por Alejandra Moyano González, había solicitado una pena de 5 años de prisión de cumplimiento efectivo para Julio César Pagella y la querella había adherido a esa petición.

El imputado había sido declarado autor material del delito al concluir el debate oral porque había quedado probado que, antes del 17 de julio de 2018, abusó de su nieta. Sin embargo, Gianinetto rechazó aplicar los agravantes solicitados por la Fiscalía porque, alegó, se trató de un "abuso sexual simple".

La jueza indicó que "si bien se trató de un delito continuado, habiendo tenido por probada la ocurrencia de hechos de abuso sexual, debo recordar que se trató de la modalidad de abuso sexual simple (…) Amén del obvio daño que resulta padecer un hecho como el investigado, lo cierto es que el daño causado no ha representado un grado tal que justifique el pedido de la fiscalía".

En esa misma línea, la jueza también alivianó la pena del abusador porque las conclusiones de la pericia psicológica efectuada la víctima e hallaron características de "afectación emocional", pero no "traumas o trastornos".

Por otro lado, fundamentó su decisión en que el abusador colabora económicamente con gran parte de su familia, le da trabajo al padre de la damnificada y se hace cargo de las necesidades de sus nietas y nietos y también responde por su hijo mayor, quien posee una discapacidad intelectual.

Gianinetto agregó que "tampoco puedo dejar de valorar su edad, 65 años, por lo que el efecto de la pena que se imponga será de mayor intensidad a la que podría tener sobre una persona más joven".