El caso se tramitó bajo la modalidad de juicio abreviado parcial, tras un acuerdo entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa del imputado.
El Tribunal de Juicio de Mercedes, a cargo del juez unipersonal, doctor Ramón Alberto Ríos, condenó a un hombre a la pena de tres años de prisión en suspenso por infringir el artículo 55 de la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos. El caso se tramitó bajo la modalidad de juicio abreviado parcial, tras un acuerdo entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa del imputado.
En el marco de un juicio abreviado parcial realizado el pasado 2 de septiembre, el Tribunal de Juicio de Mercedes condenó a un hombre a tres años de prisión en suspenso por el delito de contaminación peligrosa.
El caso se originó por el funcionamiento de una curtiembre sin habilitación ambiental en la ciudad de Mercedes (Corrientes), donde se vertían residuos químicos al suelo y a la vía pública, afectando la salud pública y el medio ambiente.
De acuerdo con la investigación, el hombre instaló en su domicilio una curtiembre y talabartería que funcionaba sin estudio de impacto ambiental ni tratamiento de residuos. Allí se utilizaron productos químicos como arsénico, cromo y plomo, que fueron vertidos en el suelo, en la red cloacal de manera clandestina y en la vía pública.
Esto provocó contaminación peligrosa para la salud y el ambiente, aunque no se verificaron daños concretos a personas.
Los argumentos del juez
El magistrado, doctor Ramón Alberto Ríos, destacó la responsabilidad penal del hombre y la gravedad del hecho:
“Todos los elementos probatorios descriptos anteriormente me permiten arribar a la firme convicción de que fueron acreditados los hechos atribuidos y la materialidad de los mismos en cabeza del acusado Luis Bernardo Miño en calidad de autor”.
Asimismo, consideró atenuantes la edad del imputado que tiene 72 años, su arraigo en la comunidad y la ausencia de antecedentes.
La postura del fiscal
El Fiscal de Investigación Rural y Ambiental de Mercedes, doctor Gerardo Humberto Cabral, sostuvo en la audiencia:
“El bien protegido es el medio ambiente. Es importante tener presente que estos elementos provenientes de la curtiembre no fueron neutralizados por mecanismos compensatorios”.
Cabral pidió que se declare la responsabilidad penal de Miño y propuso una condena de tres años de prisión en suspenso con reglas de conducta.
Los argumentos de la defensa
El abogado defensor, doctor Marcos Maidana, adhirió al acuerdo y señaló que su cliente asumía la responsabilidad:
“Conforme especialistas ambientales, solamente se contaminan la tierra, el agua y el aire; ahí recién trae consecuencias para el ser humano. Más allá de que Miño asume su responsabilidad, no hubo denuncias de vecinos ni afectación a la salud como producto de la contaminación. Lo importante es que se cumpla con las normativas”.
La sentencia
Finalmente, el juez resolvió homologar el acuerdo de juicio abreviado, declarar responsable al hombre y aplicarle la pena de tres años de prisión en suspenso, imponiéndole reglas de conducta y el decomiso de los elementos secuestrados.