El 15 de enero de 2026, el doctor Gustavo René Buffil, Juez de Garantías de Feria, dispuso la prisión preventiva por 15 días para un imputado en una causa de narcomenudeo, en el marco de una audiencia inicial del procedimiento especial de flagrancia.
La decisión se tomó durante una audiencia multipropósito, conforme al artículo 389 del Código Procesal Penal (CPP) de Corrientes, en relación con un hecho ocurrido el 10 de enero pasado en inmediaciones de la localidad de Mariano I. Loza.
Cuestión de competencia
Cabe señalar que el 12 de enero, el magistrado había convertido la aprehensión del imputado en detención, y a pedido del Ministerio Público Fiscal declaró la incompetencia material de la justicia provincial para continuar con el trámite de la causa. Ello se fundamentó en que el Decreto 2441/25, reglamentario de la Ley Provincial 6725, establece que la desfederalización de ciertos delitos previstos en la Ley Nacional de Estupefacientes N.º 23.737 comenzará a regir a partir del 1° de febrero de 2026.
En consecuencia, las actuaciones fueron remitidas a la Justicia Federal de Paso de los Libres, que también se declaró incompetente, dando lugar a una contienda negativa de competencia.
Durante la audiencia celebrada este jueves, el doctor Buffil ratificó la incompetencia de la justicia local, aunque aclaró que, conforme al artículo 51 del CPP provincial, continuará interviniendo en el caso hasta tanto la Corte Suprema de Justicia resuelva definitivamente la cuestión de competencia.
El hecho investigado
Según la investigación, el 10 de enero de 2026, alrededor de la medianoche, el imputado circulaba en una motocicleta por la Ruta Provincial N.º 24, transportando cocaína y marihuana fraccionadas en pequeñas dosis, presuntamente destinadas a la venta.
Al advertir la presencia policial, el sospechoso intentó darse a la fuga y, durante la huida, arrojó un paquete al costado de la ruta. Finalmente fue aprehendido a unos tres kilómetros del lugar.
Procedimiento de flagrancia
En la audiencia, el fiscal Dr. Adrián Aurelio Casarrubia solicitó la aplicación del procedimiento especial de flagrancia previsto en los artículos 385 y siguientes del CPP de Corrientes, así como la prisión preventiva, argumentando la existencia de reiterancia delictiva y riesgos procesales.
Por su parte, la defensa, a cargo del Dr. Alejandro Exequiel Gómez, pidió que el caso se tramite por el proceso común, en razón de los plazos acotados que impone el procedimiento especial.
Finalmente, el juez resolvió admitir el trámite por flagrancia y ordenó la prisión preventiva del imputado por el término de 15 días.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 390 y 391 del CPP, la Oficina Judicial fijará la audiencia multipropósito de clausura para el próximo 30 de enero, oportunidad en la que el fiscal podrá solicitar el sobreseimiento, presentar la acusación o acordar la realización de un juicio abreviado pleno.