Mercedes, Monday 16 de February de 2026

RXP 17049/25  "SILVA SOARES CLEIA CRISTINA C/ GONZALEZ LEON S/ ORDINARIO POR AUDIENCIAS (PRESCRIPCION ADQUISITIVA)"

El juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Mercedes, provincia de Corrientes, sito en calle Juan Pujol N° 759 a cargo de Gustavo Rene Buffil, Juez, Secretaria Nº1 a cargo de Noelia Luisina Casas, correo electrónico: [email protected], Tel. (3773) 428010 CITA Y EMPLAZA por el termino de veinte (20) días a la los herederos  de LEON GONZALEZ y/o a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en la planta urbana de la localidad de Mercedes, Corrientes, manzana “104”, sobre la calle Independencia, individualizado como PARCELA I del duplicado de Mensura 3883 -LL, que mide VEINTE METROS (20 metros) de frente y VEINTICUATRO METROS, CUARENTA Y SIETE CENTIMETROS (24,47 metros) de contrafrente, por VEINTIOCHO METROS, SESENTA Y NUEVE CENTIMETROS (28.69 metros) de fondo al Norte y DIECISIETE METROS, CINCO CENTIMETROS (17,05 metros) de contrafondo al Sur, encerrando una superficie de CUATROSCIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS, DIECISIETE CENTIMETROS CUADRADOS (470,17 m2), siendo linderos generales, al Norte: Casimiro Avalos; Sur: Parcela II del mismo plano; Este: Calle Independencia; y al oeste: Ferrocarril General Urquiza; inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de Corrientes al Tomo 62; Folio 1078; Finca 46.368; Año 1945, del departamento de Mercedes, a nombre de León González; y en la Dirección General de Catastro se identifica en mayor extensión bajo Adrema N1 -1600-1 a presentarse en la causa: "SILVA SOARES CLEIA CRISTINA C/ GONZALEZ LEON S/ ORDINARIO POR AUDIENCIAS (PRESCRIPCION ADQUISITIVA)" EXPTE N° 17049/25 en trámite por ante el juzgado antes mencionado. Así se ha dispuesto por providencia que a continuación se detalla: “N° 11.607// Mercedes, 2 de diciembre de 2.025.- (…) 5. De la demanda y de los documentos acompañados, córrase traslado por VEINTE (20) DÍAS HÁBILES (art 443 del CPCC), a LEÓN GONZÁLEZ. No habiendo sido hallado el domicilio real del demandado, según la información proporcionada, de conformidad al art. 446 CPCC, CÍTESELO POR EDICTOS para que comparezca, denuncie domicilio real y electrónico, adjunte los documentos que se encuentren en su poder (en documento electrónico formato PDF), ofrezca todas sus pruebas, oponga las excepciones o defensas de que intenten valerse, interponga reconvención y conteste la demanda, bajo los apercibimientos legales. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local por DOS (2) DÍAS en la forma prescripta por el art. 120 C.P.C.C., todo ello bajo apercibimiento de designar al Defensor de Pobres y Ausentes para que lo/s represente en este juicio, de conformidad a lo dispuesto por las normas citadas. (…)”Fdo. Gustavo Rene Buffil -  Juez – Noelia Luisina Casas –

Secretaria – Juzgado Civil, Comercial y Laboral – Mercedes, Corrientes.- 

                                                                                                                                                                                    Mercedes, Corrientes, 10 de febrero de 2026.-

 

Firmado digitalmente por

Noelia Luisina Casas

Secretaria

Juzgado Civ. Com y Laboral

Mercedes – Ctes.