Mercedes, Sunday 16 de August de 2026

La justicia de Mercedes ordenó la prisión preventiva del ciudadano J.J. Ramírez por el término que dure el proceso. Salió en libertad en julio de este año y volvió a robar.

La jueza de Garantías de Mercedes hizo lugar al pedido del fiscal Adrián Casarrubia y dispuso la medida de coerción al considerar que una medida menos gravosa, como el arresto domiciliario solicitado por la defensa, no resultaba suficiente para cautelar los riesgos procesales señalados durante la audiencia.

El 13 de agosto de 2026 se llevó a cabo, en el marco del legajo judicial N° 24.028/26, la audiencia de tratamiento de medida de coerción solicitada por la acusación contra J.J. Ramírez. La audiencia fue presidida por la jueza de Garantías de Mercedes, con la participación del fiscal Adrián Casarrubia por la Unidad Fiscal, el defensor Gustavo Grinberg en representación del imputado y la víctima, quien intervino de manera virtual.

Durante la audiencia, el fiscal explicó que Ramírez se encontraba detenido desde el 10 de agosto de 2026, conforme a la Resolución N° 643/26, y que, al vencer el plazo de 72 horas previsto por el Código Procesal Penal, solicitaba la prisión preventiva por el término que dure el proceso.

Casarrubia sostuvo que se encontraban cumplidos los presupuestos establecidos en los artículos 232 inciso i, 233 y 234 del Código Procesal Penal, luego de haberse formalizado la imputación con base en las evidencias reunidas tras el hecho ocurrido el 9 de agosto de 2026, en perjuicio de la víctima identificada como A.

Según la imputación, alrededor de las 2 de la madrugada de ese día, Ramírez ingresó a una vivienda de un barrio de Mercedes, propiedad de la víctima, de donde se apoderó de una desmalezadora y un equipo de música. Siempre de acuerdo con la acusación, ese mismo día habría vendido la desmalezadora por $80.000 pesos.

Ramírez fue imputado como autor material del delito de robo agravado por extracción y escalamiento, en concurso real, conforme a la normativa del Código Penal.

Entre las evidencias presentadas por la Fiscalía se mencionaron las imágenes de cámaras de seguridad, en las que se observaba a una persona cuya fisonomía y vestimenta coincidían con las del imputado, quien fue demorado durante la mañana de ese mismo día y llevaba la misma ropa que aparecía en las grabaciones.

También el fiscal mencionó la declaración de la persona que adquirió la desmalezadora, quien manifestó que el imputado le había dicho que atravesaba problemas económicos antes de venderle la máquina por $80.000 pesos.

Posteriormente, la desmalezadora fue secuestrada y, hasta el momento, es el único bien recuperado por la investigación.

El fiscal argumentó que, en caso de recuperar la libertad, Ramírez podría entorpecer la investigación, ya que los restantes elementos sustraídos no fueron hallados y podrían haber sido ocultados o entregados a terceras personas. Además, señaló que la víctima indicó que el imputado habría utilizado las llaves de la vivienda para retirarse y que se las habría llevado.

La acusación también hizo referencia a la violencia ejercida sobre las cosas, entre ellas la rotura de una reja de seguridad, el ingreso mediante una ventana y el horario elegido para cometer el hecho.

Durante su exposición, el fiscal recordó que Ramírez fue condenado mediante la Sentencia N° 185/25, dictada en octubre, a tres años de prisión en suspenso, con reglas de conducta que incluían no cometer nuevos delitos y abstenerse del consumo de estupefacientes.

Asimismo, mencionó otra causa vinculada al denominado legajo del Club Taragüí, en la que se le atribuye la sustracción de dos motoguadañas. En ese expediente, identificado como legajo fiscal N° 139523, Ramírez había permanecido detenido con prisión preventiva durante 60 días, medida que luego fue prorrogada por otros 10 días, recuperando la libertad durante el mes de julio de 2026.

Para la Fiscalía, estos antecedentes evidenciaban el riesgo de que, en libertad, el imputado pudiera frustrar la investigación o continuar cometiendo delitos contra la propiedad, por lo que solicitó la prisión preventiva durante todo el tiempo que dure el proceso.

La víctima, por su parte, manifestó durante la audiencia que cree en la Justicia de Mercedes, Corrientes.

La defensa, ejercida por Gustavo Grinberg, pidió que se redujera el plazo de la prisión preventiva y solicitó que la medida se cumpliera bajo la modalidad de arresto domiciliario.

Al dictar la Resolución N° 656, el 13 de agosto de 2026, la jueza de Garantías tuvo en cuenta los antecedentes del imputado, las causas en las que se encuentra investigado y la circunstancia de que, ante una eventual futura condena, ya no tendría la posibilidad de acceder a una pena en suspenso o de carácter condicional.

También consideró la necesidad de que la Fiscalía pudiera completar la investigación y que la víctima pudiera recuperar los elementos de los que fue desapoderado.

La magistrada entendió que el arresto domiciliario no resultaba suficiente para cautelar los riesgos señalados, especialmente ante la posibilidad de un aprovechamiento u ocultamiento de los elementos objeto del ilícito.

En consecuencia, la jueza hizo lugar a la medida de coerción solicitada por el fiscal Adrián Casarrubia respecto de J.J.R. y ordenó la prisión preventiva de J.J. Ramírez por el término que dure el proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 132 y siguientes y concordantes del Código Procesal Penal.